Verificación de Cuentas Incobrables en el país

Miles de compañías reportan aquellas empresas problemáticas que les incumplieron sus obligaciones crediticias comerciales. En donde cambiaron de razón social, cerraron sus instalaciones y/o desaparecieron pero continúan estafando las mismas personas incumplidas.

Cualquier empresa que otorgue crédito por derecho es libre de boletinar sus deudas incobrables en BLOC, activándose una alerta SIN COSTO para monitorear en todo el país a tus deudores desde la App Bloc o desde la página oficial, en caso de solicitar créditos comerciales a otras empresas serás el primero en enterarte junto con las demandas futuras en su contra, evitando burlarse nuevamente y encontrarlos para cobrarles rápidamente.

Exclusivamente son Cuentas Incobrables (nunca pagaron) más NO vencimientos NI atrasos ya que esa actividad le corresponde a las Sociedades de Información Crediticia en país.

Ahora en BLOC encontraras una lista negra de más de 5 millones de registros de Cuentas Incobrables reportadas por diversas compañías y la lista continua creciendo día con día.

En las consultas de Bloc encontrarás:

  • Historial Legal de demandas.
  • Registros de Cuentas Incobrables sin un proceso judicial.
  • Información comercial.
  • Otras bases comerciales.

Cada día se unen más compañías de diversos giros:

Alimenticio, construcción, metal-mecánica, madera, plástico y resinas, petroquímica, papelería, bebidas, textiles, cómputo, calzado, recursos humanos, gobierno, financieras, sofomes, así como asociaciones por sector, entre otros.

Eres parte de la estadística o de la solución..?

El boletín de deudores No viola la ley de datos personales en posesión de los particulares. (ver ley http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPDPPP.pdf) Infórmate porque…

Articulo 10.-

No será necesario el consentimiento para el tratamiento de los datos cuando:

V.- Exista una situación de emergencia que potencialmente pueda dañar a un individuo en su persona o en sus bienes.
VII.- Se dicte resolución de autoridad competente.

Articulo 26.-

El responsable no estará obligado a cancelar datos personales cuando:

I.I. Deban ser tratados por disposición legal.
I.I.I. Obstaculice actualizaciones judiciales o administrativas vinculadas a obligaciones fiscales, la investigación y persecución de delitos o la actualización de sanciones administrativas.
V.- Sean necesarios para realizar una acción en función del interés público.

Articulo 37.-

Las transferencias nacionales o internacionales de datos podrán llevarse a cabo sin el consentimiento del titular cuando se de alguno de los siguientes supuestos:

V.- Cuando la transferencia sea necesaria o legalmente exigida para salvaguardar de un interés público, o para la procuración de justicia.

Prevenir antes que lamentar